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sábado 23 noviembre 2024
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Tarifazo: Para la CTA Autónoma, el fallo de la corte es insuficiente, temporario y habilita el incremento

Tarifazo: Para la CTA Autónoma, el fallo de la corte es insuficiente, temporario y habilita el incremento
TarifazoTras al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en relación al aumento de las tarifas de servicios, desde la CTA Autónoma de Río Negro se destaca que no sólo es insuficiente y temporario, sino que habilita el tarifazo del 500 por ciento para todos los clientes no residenciales y ampara la política nacional de vaciamiento y extranjerización de los recursos naturales.

Si bien el pueblo lo estaba esperando con expectativas -tras haber presentado numerosas medidas cautelares y haber protestado en todo el país-  el fallo de la Corte no hace otra cosa que postergar el golpe al bolsillo de los trabajadores.  Si bien los medios difundieron la información como un freno al tarifazo, en realidad se trata de un fuerte aval a la política en materia energética que impulsa el Gobierno Nacional.

Es que por un lado, el fallo de la Corte Suprema sólo contempla a los usuarios residenciales, permitiendo la aplicación del tarifazo para los comercios, la pequeña y mediana empresa, industrias, cooperativas y clubes.  Por otro lado, la Corte garantiza la liberación del precio del gas en boca de pozo, ubicado cuatro veces más alto al valor real. Además, se contempla la realización de audiencias públicas, pero  que, en ningún caso, serán vinculantes.

En tal sentido, desde la CTA se evalúa movilizar el día de la audiencia pública prevista para el 12 de septiembre, a fin de poner de manifiesto el repudio a la política de ajuste del Gobierno Nacional.
«El fallo de la Corte sólo contempla temporariamente a los usuarios residenciales. Es decir que todo el resto tendrá un 500% de aumento, que luego las empresas e industrias van a terminar trasladando al valor de los bienes, servicios y productos. Este es un fallo generador de inflación», aclaró el Secretario General de la CTA Autónoma de Río Negro, Rodolfo Aguiar y agregó: «Esta resolución del máximo tribunal judicial del país, sólo puso un freno por unos días, pero en definitiva habilita al Gobierno Nacional para que aplique el tarifazo».

Cabe destacar que la producción de gas en boca de pozo representa entre un 50 y 60% de lo que paga el usuario, 25% corresponde a la distribución y el 15% restante al transporte. Si bien el fallo indica que deben realizarse las audiencias públicas para debatir el cuadro tarifario y estos tres componentes, el carácter no vinculante de las audiencias es central.


Para ampliar información comunicarse con
Rodolfo Aguiar │Secretario General (298) 4502024
Manuel Hermida │Secretario Adjunto (298) 4205434
Aldo Capretti│Secretario Adjunto (2920) 512593




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