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sábado 11 mayo 2024
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ANSES | Nuevo triunfo de ATE contra la judicialización de la protesta

ANSES | Nuevo triunfo de ATE contra la judicialización de la protesta
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) destacó como un triunfo contra la judicialización de la protesta la sentencia definitiva en la causa 990/2017 que dictó la Cámara Federal de Casación Penal de la Nación, integrada por los Jueces Diego Gustavo Barroetaveña, Daniel Antonio Petrone y Ana María Figueroa.

La misma rechaza el recurso de casación que había interpuesto la ANSES contra la sentencia de la Cámara Federal de Roca que había sobreseído a los delegados de ATE Luciano Pedraza, Nahuel Micheli y Orlando Carriqueo por los delitos de coacción agravada y usurpación por despojo por el hecho acontecido el día 22 de febrero de 2017 en la UDAI de la  ANSES en General Roca, en ocasión en que un grupo de manifestantes ocupara el edificio reclamando la reinstalación de una trabajadora que había sido despedida encontrándose bajo licencia por enfermedad.

La ANSES en su carácter de querellante, continuó el proceso hasta la última instancia judicial instando el procesamiento de los delegados argumentando para ello que “habían ocupado ilegítima y violentamente” la sucursal de la Administración Nacional de Seguridad Social –ANSES- de esa ciudad, junto con un grupo de personas “representativas del Gremio ATE invadiendo el inmueble (…) y amenazado a las autoridades de dicha dependencia con no liberarla si no se reincorporaba a una empleada que habría sido desvinculada”.

Sin embargo, la Cámara de Casación Penal, desestimó el pedido y haciendo lugar a lo planteado por la Dra. Ailen Roca, abogada defensora de los delegados, concluyó por unanimidad en este fallo ejemplar, que “este caso resulta ajeno al derecho penal, ya que el análisis precedente, a partir del cual puede descartarse la concurrencia de injusto penal, lleva a concluir que los comportamientos analizados resultan atípicos o justificados. Por ello, puede concluirse ajustado a derecho el sobreseimiento dictado, así como carentes de idoneidad las alegaciones de la recurrente para modificar esa decisión”.

«A lo largo del proceso, pudimos demostrar que los representantes de ATE no cometieron ningún delito, que no hubo coacción a la ANSES para que reinstale a la trabajadora despedida, así como tampoco hubo usurpación, ya que claramente el accionar de los trabajadores no tuvo como finalidad desposeer al ANSES  del edificio en el que funciona la prestación de sus servicios, sino que se trató de un reclamo laboral pacífico, de índole colectivo, que no ocasionó ningún tipo de daños, por lo que el derecho penal aquí no tiene injerencia», señaló Ailen Roca, abogada defensora de los delegados

Para el sindicato, se demuestra una vez más que todo el proceso no tiene más motivo que disciplinar a los trabajadores que protestaban por una causa justa mediante un reclamo laboral pacífico, de índole colectivo, que no ocasionó ningún tipo de daños. 

«Celebramos la decisión de carácter definitivo que ha tomado la cámara de casaciones, demostrando que no se puede caratular de delincuentes a quienes ejercen un derecho constitucional como es la defensa de los trabajadores»,  indicó Luciano Pedraza, paritario de ATe en ANSES. «La falta de idoneidad y de recursos para modificar el fallo que dictó el sobreseimiento, no hace más que demostrar el ensañamiento de la patronal contra los dirigentes de nuestro sindicato», concluyó. 




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