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miércoles 15 mayo 2024
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General Godoy | ATE logra indemnización por despido injustificado

General Godoy | ATE logra indemnización por despido injustificado

La seccional Villa Regina de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) logró que el Municipio de General Godoy reconozca el período en negro en que mantuvo a una trabajadora injustamente despedida luego de una relación laboral deficientemente registrada.       
Es así que el Ejecutivo deberá en 120 días acreditar el pago de los aportes jubilatorios a favor de la empleada y abonar una indemnización correspondiente a todos los años trabajados por el despido sin causa.

“Este fallo a favor de la trabajadora estatal municipal es el resultado del trabajo de nuestra asesora legal y la confianza de la compañera a nuestro trabajo como organización sindical. Una vez más se demuestra la responsabilidad de garantizar los derechos a nuestros afiliados, cuando son vulnerados por los intendentes”, señaló Rosa Ñanco, secretaria general de la seccional Villa Regina. 

Se trata de Isabel Villanueva, quien fue cesanteada en 2015 en forma discriminadora y arbitraria por motivos político partidarios tras haber trabajado en el Municipio durante casi una década como placera, en el cementerio y de administrativa, entre otras funciones. 

«La omisión de la registración de la relación de empleo en el ámbito municipal aún sigue existiendo y este caso sienta un valioso precedente en miras a lograr la erradicación de la precarización laboral de los trabajadores, permitiendo que se animen a reclamar a las comunas el derecho constitucional a una retribución justa que conlleve los aportes a los organismos de la Seguridad Social», señaló la asesora legal de ATE Ailen Roca, quien asistió a la trabajadora en la audiencia judicial.

La audiencia judicial, con motivo de la demanda que se inició desde el sindicato frente a este caso, se llevó adelante en la Cámara del Trabajo Sala 2 de la ciudad de General Roca, presidida por las Juezas Carmen Vicente y Gabriela Gadano y el Juez Nelson Peña, en el marco de la causa I-2RO-606-L2-17.