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martes 7 mayo 2024
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Gravísimo │ ATE repudia inmoralidad de Scalesi y pide explicaciones al Gobierno

Gravísimo │ ATE repudia inmoralidad de Scalesi y pide explicaciones al Gobierno

Una vez conocido públicamente que Juan Carlos Scalesi cobró una doble percepción del Estado, el sueldo como empleado público por un lado y un haber previsional como jubilado por el otro, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) manifiesta su más enérgico repudio al accionar delictivo e inmoral del referido gremialista. 
 
El máximo referente de UPCN no solo ocultó a su empleador que en noviembre del 2017 tuvo acceso al beneficio de la jubilación ordinaria, sino peor aún, cuando fue consultado por la Administración Pública rionegrina, invocando su condición de sindicalistaintentó continuar con los dos ingresos, agravando de esta manera su obrar ilegal. 
 
«No queremos hacer leña del árbol caído, pero este es un hecho que por su inmoralidad no podemos dejar pasar. Se trata de una grave irregularidad. Se supone que quienes detentan altas responsabilidades en los gremios deben dar el ejemplo y no ser quienes violen las leyes vigentes en nuestro país», remarcó Esterea González, Secretaria Gremial de ATE Río Negro y adelantó: «Queremos saber también si existió responsabilidad  y protección desde alguna dependencia del Gobierno. Cobrar dos sueldos y ocultarlo, solo se puede hacer desde un sentimiento de impunidad».

El gremialista ocultó a su empleador que se jubiló el año pasado, tuvo doble percepción y el Sindicato quiere saber si algún área estatal lo encubrió

En las próximas horas desde ATE también se pedirán explicaciones al Gobierno a los efectos de conocer si existió alguna o algunas áreas estatales que hayan encubierto a Scalesi, toda vez que debieron estar anoticiados y oportunamente cursar una intimación de inicio del trámite jubilatorio como ocurre con el resto de los agentes estatales. 
 
En este caso fue la propia Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) la que notificó al Estado que al gremialista se le había otorgado la jubilación y percibido su primer haber bajo ese carácter en marzo del presente año. 
 
La entidad gremial también quiere precisiones sobre si existirá un acto administrativo inmediato que produzca la baja de la planta estatal del referido empleado. 
 
La conducta de Scalesi no solo es cuestionable desde aspectos éticos y morales, sino también penales, teniendo en consideración que por un lado, la Ley Nacional 24.241 establece que «es incompatible el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia con excepción de los servicios docentes y deja en claro que también hay incompatibilidad con cualquier tipo de jubilación». 
 
Y por el otro, el artículo 52 de la Ley Provincial 3.487 señala que «la licencia gremial es un derecho exclusivo del personal en actividad y que la jubilación es causa de extinción del vínculo laboral y por lo tanto la misma no puede ser invocada por un jubilado, toda vez que la licencia sindical cae junto a la relación de trabajo.




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