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sábado 4 mayo 2024
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Función Pública | Contundente fallo de la Procuración contra planteo de UPCN 

Función Pública | Contundente fallo de la Procuración contra planteo de UPCN 

El Procurador General de la provincia ratificó la constitucionalidad de la nueva Ley de la Función Pública y mediante un dictamen con argumentos jurídicos contundentes, que se plasmaron en el Expediente 29898/18, rechazó la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN) contra la Ley 5277 en sus artículos 1, 2, 3 y 4. 

«Estamos muy satisfechos con este Dictamen de la Procuración ya que fortalece uno de los mayores avances democratizadores que se dieron en el Estado provincial y respeta la voluntad unánime de todas las fuerzas políticas partidarias rionegrinas que votaron en la Legislatura esta norma progresista y de avanzada, que amplia derechos y pone fin a graves discriminaciones», señaló Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE y CTA Autónoma de Río Negro. 

«Sorprende y preocupa que a esta altura, a más de tres décadas de recuperada la democracia, todavía existan sectores que cuestionen leyes para la igualdad y quieran volver a regímenes que sientan autoritarismos propios de las dictaduras», continuó el dirigente. 

Para ATE este fallo de la Procuración que lleva el número 152/18 fortalece y consolida el avance democratizador del Estado que votaron en la Legislatura todas las fuerzas políticas partidarias rionegrinas. 

El alto funcionario judicial consideró que la impugnación presentada por el Sindicato de Scalesi es abstracta, general y que no alcanza a conmover la seguridad jurídica en relación a que la modificación parcial de las Leyes 3487 y 4294 no afectan cláusulas constitucionales. 

Por el contrario, el Procurador Jorge Crespo demostró que las modificaciones introducidas mediante la Ley 5277 vienen a garantizar la libertad y pluralidad sindical en los Organismos de la Administración Pública que allí se regulan. 

El dictamen advierte que no se producen conflictos sindicales de encuadramiento como aduce UPCN y que la modificación de las normas aludidas no supone el desplazamiento de un gremio por otro, sino la coexistencia de dos sindicatos mayoritarios en el Sector Público rionegrino. 

El fallo de la Procuración asegura el Derecho esencial que tiene cada empleado público de elegir libremente qué representación quiere tener en el ámbito del Consejo de la Función Pública. 

También la referida resolución es muy clara al momento de señalar que la nueva ley garantiza la coexistencia de dos representaciones con personería gremial.

Por último, se indicó que la Ley 5277 votada este año no confirió ninguna representativadad exclusiva a un gremio, sino que habilitó la participación de un segundo y de esta manera se cumple con el artículo 41 de la Constitución de Río Negro que asegura a los trabajadores el derecho de asociarse en sindicatos independientes que se den una organización pluralista y democrática.




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