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martes 14 mayo 2024
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Allen: ATE logra que la Intendenta Costa finalmente pague importante multa por práctica antisindical

Allen: ATE logra que la Intendenta Costa finalmente pague importante multa por práctica antisindical
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) de Río Negro celebra que finalmente la Municipalidad de Allen deba pagar una cuantiosa multa por haber incumplido en su momento con el fallo judicial contenido en el expediente que lleva por número A-2RO-980-L2-13 y caratulado: «Cayuqueo Ramón c/ Municipalidad de Allen s/ acción de amparo sindical (Ley 23.551)».
 
Es que, tras varios años en que la gestión de Sabina Costa se mantenía en rebeldía, debe abonar cerca de 180.000 pesos, en concepto de multa, por no haber dado cumplimiento al fallo de la Cámara del Trabajo Sala II, de la ciudad de General Roca, que la condenó oportunamente a restituir las condiciones de trabajo del Delegado Sindical de ATE, Ramón Cayuqueo, a quien no se le permitía realizar horas extras ni se le asignaban funciones ni herramientas de trabajo desde que resultó electo delegado sindical.
 
La Municipalidad de Allen fue condenada por discriminación, práctica desleal y antisindical. Por traslación se puede afirmar que fue condenada por ir contra los principios mismos de la democracia, ya que violó la Tutela Sindical prevista por el  artículo 48 de la Ley Nacional 23.551 y protegida por el artículo 52 de la misma, además del artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
La comuna debió reparar el error por no haber cumplido con fallo judicial

«Con este pago de la multa y la restitución de las horas extras al compañero, finalmente se cumple con el fallo judicial, lo que demuestra que los trabajadores no deben tener miedo ante la patronal. Pueden tratar de amedrentarnos, perseguirnos y hostigarnos, pero las leyes nos amparan!, manifestó Esterea González, Secretaria General de la Seccional Allen de ATE y completó: «Es una pena que seamos los allenses los que debamos pagar por las malas decisiones del Gobierno de Sabina Costa. Esta multa debería pagarla con su patrimonio personal y no hacer cargo a todo el pueblo por su incompetencia. Más aún cuando les advertimos que dejen de violentar las leyes».

«La comuna está obligada a pagar estas sumas en concepto de astreintes, de multas pecuniarias por haber incumplido una sentencia judicial que ordenó a la Municipalidad a restituir las condiciones laborales al Delegado Sindical», señaló la Asesora Legal de ATE, Ailén Roca y sumó: «Acá también se está configurando el delito de desobediencia a una orden judicial, por lo que se lo penaliza con estas sanciones».

Cabe destacar que Cayuqueo ingresó a la Municipalidad de Allen en el año 1992 y desde 2006 reviste como personal de planta permanente, trabajando para la Dirección de Obras y Servicios Públicos comunal. Durante su historia laboral se le asignaron diferentes tareas, entre las que se destaca la conducción de tractores, máquinas retroexcavadoras, vehículos livianos y hasta el camión del Corralón Municipal, asumiendo la tarea con singular responsabilidad. 
 
No obstante, desde marzo de 2012, cuando fue electo Delegado Sindical de ATE en representación de sus compañeros, le cambiaron las condiciones de trabajo, comenzando a retacear la asignación de horas extras hasta que finalmente lo sacaron del cronograma, con lo que se perjudicó notablemente su salario y el sustento de su familia.
 
De acuerdo con el fallo judicial mientras que antes de su incorporación al Sindicato le asignaban hasta 60 horas extras, luego de asumir el compromiso de representar a sus compañeros éstas se fueron reduciendo hasta llegar a cero.
 
Cabe destacar que, por su compromiso con los trabajadores, este referente de ATE en la Municipalidad de Allen fue reelecto en el cargo de Delegado Sindical en varias oportunidades y electo como miembro de la conducción de la Seccional Alto Valle Este en su momento y de la Seccional Allen en la actualidad.  Su conducta gremial también le significó persecución y hasta la detención arbitraria y brutal de manos de la policía en el último año.




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